La custodia de los animales de familia ya es un tema recurrente en los juicios tras una ruptura

/COMUNICAE/

Nerea Forcelledo, abogada especializada en derecho de familia, explica cómo actuar en estos casos

En la actualidad, se observa un incremento en las consultas legales de parejas preocupadas por el destino de sus animales de compañía en situaciones de ruptura sentimental. Al igual que si se tratase de los hijos menores de edad, la determinación de quién asumirá la custodia de la mascota requiere que el juez considere tanto su bienestar como los intereses de los miembros de la familia.

«Existe la creencia errónea de que, en caso de separación o divorcio, la persona que figure como titular del animal será quien mantenga su custodia sin posibilidad de discusión. Esto no es así, ya que la decisión sobre la custodia de la mascota se adoptará independientemente de cuál de los cónyuges sea el titular y propietario del animal», explica la abogada de divorcio en Oviedo.

«Nuestra legislación civil, a partir del año 2022, contempla la posibilidad de resolver la de compañía de la familia ante una separación o divorcio. Esto permite regular en un mismo procedimiento no solo la custodia de los hijos, sino también la de las mascotas», señala Nerea Forcelledo, abogada de Familia en Oviedo.

La letrada matiza que, además de determinar si la custodia será compartida o asignada a uno de los cónyuges, se debe establecer una contribución económica que cada uno realizará para el sustento del animal. Es fundamental aclarar que se habla de casos de separación o divorcio dentro del marco del matrimonio. Las disposiciones legales que existen en España a día de hoy, son relativas a la custodia de las mascotas que están legalmente reguladas únicamente para el matrimonio.

Para las parejas no casadas, la situación presenta desafíos adicionales. En el caso de parejas no casadas sin hijos, la ley no contempla la posibilidad de un Convenio Regulador ante el Juzgado para definir la situación de las mascotas.

En estos casos, el despacho de Nerea Forcelledo, abogados en Oviedo, recomienda siempre que sea posible alcanzar un acuerdo y plasmarlo en un documento que vincule a ambas partes. Es esencial definir no solo las obligaciones que cada miembro de la pareja tendrá en el futuro, sino también sus derechos en relación con la mascota. Como si de un hijo se tratase, será fundamental plasmar en este documento los tiempos de visitas y el tipo de convivencia que tendrá con el miembro de la pareja que no lo tenga en custodia.

Si no fuera posible llegar a un acuerdo con la expareja sobre la guardia y cuidados de la mascota, no todo está perdido. A pesar de que no se puede aplicar la regulación existente para los casos de disolución del matrimonio, es posible estudiar cada caso concreto para intentar regular judicialmente el régimen de cuidado del animal de compañía, así como el régimen de visitas y los gastos asociados. Mientras tanto, el animal deberá permanecer con su propietario.

Fuente Comunicae

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